Comfenalco Tolima tiene dispuesto beneficio de protección al cesante

Comfenalco Tolima tiene dispuesto beneficio de protección al cesante

3 abril, 2020 Off By admin

Comfenalco Tolima tiene dispuesto en la página web www.comfenalco.com.co la información para consultar los requisitos y términos de la postulación y asignación del beneficio transitorio de protección al cesante, según lo dispuesto por el Gobierno Nacional con el Decreto 488 del 27 de marzo de 2020, la Circular Externa 005 del 30 de marzo de 2020 de la Superintendencia del Subsidio Familiar y la Resolución 0853 del 30 de marzo de 2020, proferida por el Ministerio del Trabajo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con ocasión de la pandemia Covid-19.
La persona que se puede beneficiar con el subsidio es la afiliada a la Caja de Compensación Familiar de Fenalco del Tolima Comfenalco, que hayan perdido su empleo, que se encuentren en las categorías A y B, es decir, personas que perciban ingresos hasta 4 S.M.M.L.V. según lo establece el citado Decreto 488 de 27 de marzo de 2020, con la emergencia suscitada por la pandemia del Covid-19, explicó la Directora Administrativa de la Caja, Diana Lucía Reyes Gutiérrez.
El beneficio garantiza al cesante por un periodo no mayor a 3 meses o, hasta donde permita la disponibilidad del recurso, lo siguiente:
Dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, divididos en tres (3) mensualidades.
Pago de Salud y pensión sobre la base de cotización de (1) SMMLV.
Pago de cuota monetaria para los hijos, padres dependientes entre otros, y en los mimos términos y valores que se venían recibiendo en la relación laboral.
Los requisitos para acceder al beneficio son:
1. Ser trabajador dependiente o independiente.
2. Cotizante de categoría A o B.
3. Cesante. (Anexar documento o carta de despido de la Empresa, donde conste que ha sido retirado, en el que se detalle el salario, las causas del retiro y la fecha del retiro).
4. Que haya realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un (1) año continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos cinco (5) años.
El Cesante deberá obligatoriamente diligenciar el formulario de postulación que se encuentra en la página web. Los solicitantes que no tengan la facilidad de completar digitalmente el formulario, podrán descargar en formato PDF para diligenciarlo, firmarlo y remitirlo a la Caja de Compensación Familiar a través del correo electrónico decreto488@comfenalco.com.co
La invitación es para que se consulte la página web www.comfenalco.com.co

  • Facebook
  • Twitter
  • Pinterest
  • Gmail
  • Blogger